jueves, 17 de marzo de 2011

Desastres naturales como amenaza a los derechos humanos.

Inundaciones, desbordes de ríos y un mega-deslizamiento de tierra en Bolivia ocasionaron en tan solo unos días 15,000 familias damnificadas; tan solo en La Paz más de 4,00 personas residen desde hace varios días en campamentos o albergues de emergencia. En Haití decenas de miles de personas continúan viviendo en precarios campamentos que no reúnen las condiciones mínimas de habitabilidad desde que hace más de un año un terremoto arrasó con gran parte del país más pobre de América.

La revisión de la información disponible sobre las consecuencias humanas del cambio climático y los desastres naturales revela una situación de riesgo para la vigencia de los derechos humanos de un importante número de personas en el mundo. No es aventurado arriesgar la hipótesis de que el cambio climático y los desastres naturales, sumados a la incapacidad de los Estados para afrontar sus consecuencias, representarán en las próximas décadas una de las principales amenazas al goce y ejercicio de los derechos humanos fundamentales de una porción importante de la humanidad. El efecto devastador de los desastres naturales sobre el goce y ejercicio de derechos se agrava cuando estos eventos ocurren en los denominados países pobres o en vía de desarrollo.

A modo de ejemplo se puede señalar que el terremoto ocurrido en Haití en enero de 2010 arrojó a cientos de miles de personas a la calle, forzando el establecimiento de precarios campamentos en los cuales residen desde hace más de un año, viéndose así severamente restringidos sus derechos a una adecuada alimentación, a la salud y a una vivienda digna. Los desastres además de favorecer la profundización de situaciones de discriminación y exclusión en el ejercicio de derechos que ya se encontraban presentes antes de la ocurrencia del desastre, exponen a sus víctimas a la ocurrencia de otras violaciones de derechos fundamentales. La exposición a la violencia sexual y de género de mujeres, niñas y niños se incrementa en condiciones de hacinamiento y falta de estructura como la de campamentos de emergencia. La escasez de recursos y bienes fundamentales para la vida (agua, alimento, medicinas) favorece en algunos casos, situaciones de abuso de poder y explotación, también genera situaciones propicias para que la puja por estos bienes desencadene episodios de violencia que ponen en riesgo la seguridad de las personas.

Son muchos los ejemplos a los que se podría apelar para intentar graficar como el goce y ejercicio de derechos se ve afectado por los desastres naturales. Un informe del año 2009 de la Oficina de para la Coordinación de Asuntos Humanitarios de Naciones Unidas (OCHA, por sus siglas en inglés) y del Centro Internacional para el Monitoreo del Desplazamiento Interno (IDMC) afirma que 36 millones de personas en todo el mundo se vieron forzadamente desplazadas por las consecuencias de desastres naturales ocurridos en 2008 (http://www.internal-displacement.org/8025708F004BE3B1/(httpInfoFiles)/12E8C7224C2A6A9EC125763900315AD4/$file/monitoring-disaster-displacement.pdf). La cifra es muy cercana a los 42 millones de personas que ese mismo año se encontraban en calidad de refugiados o internamente desplazados como consecuencias de los conflictos o la persecución. Los efectos del cambio climático también han demostrado su posible impacto en la generación y prolongación de conflictos armados. La puja por la tierra fértil directamente asociada al cambio en el régimen de lluvias es vista por muchos analistas como una de los raíces del conflicto en Sudán.

En el afán por salvar vidas y asegurar la pronta distribución de asistencia humanitaria, principalmente de bienes y servicios esenciales como comida, agua, vestimenta y techo de emergencia, los Estados y las Agencias Humanitarias han descuidado, en numerosas oportunidades, la aplicación de un enfoque de derechos que asegure la adopción de políticas y actividades dirigidas a asegurar la protección de los derechos humanos, principalmente los derechos de grupos o minorías expuestas a situaciones de mayor vulnerabilidad.

Las personas afectadas por las consecuencias adversas de desastres naturales, incluidas aquellas que se desplazan internamente, permanecen por lo general dentro de las fronteras de su Estado de nacionalidad o residencia habitual, y por lo tanto continúan gozando de la protección de dicho Estado en relación al goce y ejercicio de sus derechos. Estas personas no pierden los derechos que se reconocen a la población en general, pero por su particular situación requieren del Estado acciones específicas, distintas de la población no afectada, para que se asegure el pleno goce y ejercicio de sus derechos.

En este sentido, es importante seguir de cerca los avances alcanzados a nivel internacional para la fijación de estándares que contribuyan a la protección de derechos de las personas afectadas por desastres naturales como lo son las recientemente publicadas Directrices Operacionales del Comité Permanente entre Organismos (IASC) sobre la protección de las personas en situaciones de desastres naturales (http://www.brookings.edu/~/media/Files/rc/reports/2011/0106_operational_guidelines_nd/0106_operational_guidelines_nd_spanish.pdf ).

Juan Pablo Terminiello
Abogado (UBA), Estudiante Maestría Derecho Constitucional y Derechos Humanos Universidad de Palermo